miércoles, 5 de septiembre de 2012

Concilio Vaticano (III). 2ª sesión (1963)

Leo el segundo tomo de las crónicas que el sacerdote y periodista español José Luis Martín Descalzo hizo del Concilio Vaticano II. Este libro relata la segunda sesión, que se desarrolló de septiembre a diciembre de 1963. Pocos meses antes había muerto Juan XXIII y se había elegido a Pablo VI.

El asunto principal de discusión fue el "esquema" (borrador) de la Constitución sobre la Iglesia (Lumen gentium), apenas abordado en la sesión de 1962. Ante todo, se discutió sobre la naturaleza de la Iglesia, lo que al autor le parece curioso tras veinte siglos de historia. Los Cardenales y Obispos progresistas (cada vez más mayoritarios) propusieron varias figuras para definirla, como "pueblo", "cuerpo", "sacramento" o "familia", lo que a los Cardenales y Obispos conservadores (cada vez más minoritarios) les parecía peligroso, pues no quedaba clara la distinción con los ortodoxos o los protestantes. ¿Por qué no conservar la tradicional fórmula de "sociedad", mucho más precisa jurídicamente?

Pronto se abordó (dentro del citado esquema sobre la Iglesia) el tema de los Obispos, y en concreto sobre si su investidura es un sacramento o un oficio eclesiástico. Esto -según el autor- no era un tema menor: si es un sacramento, su función es sobre todo sacramental, es el padre de la diócesis, tiene una relación especial con los demás Obispos, tiene una responsabilidad fuerte en la evangelización universal; por el contrario, si es un oficio, su función es sobre todo jurídica, es el "jefe" de la diócesis, la relación con los demás Obispos es muy secundaria respecto a la que tiene con el Papa (del que sería una especie de administrador o vicario) y su responsabilidad casi se agotaría en su propio territorio. Al parecer el tema no estaba definido, pero había buenos argumentos a favor del carácter sacramental: sólo se puede recibir una vez, es irrevocable, se ha otorgado a diáconos que aún no eran sacerdotes y -en fin- habría apoyo en textos del Concilio de Trento y de Pío XII.

Relacionada con esta discusión estuvo otra, importantísima, sobre la colegialidad de los Obispos con el Papa. ¿Hubo un Colegio de los Apóstoles, presidido por Pedro, que fue sucedido durante siglos por el Colegio de los Obispos, presidido por el Papa? ¿O esto es una ficción jurídica y cada Obispo sucede a uno de los Apóstoles, agotándose sus relaciones sólo con el Papa? Esta discusión teológica tendría efectos muy graves en temas prácticos, como son la autonomía de cada Obispo, la unión entre todos ellos y su participación en el gobierno de la Iglesia, con la posible creación de un Consejo Episcopal, una especie de Parlamento de los Obispos, siempre en subordinación y colaboración con el Papa, para vigilar y controlar a la Curia de Roma. Los Cardenales y Obispos conservadores rechazaron la colegialidad jurídica: hay una colegialidad espiritual, fraternal, así se ve en los Hechos de los Apóstoles, pero la innovación de considerarla jurídica era peligrosa tanto para el poder del Papa como para la autonomía de cada Obispo.

El último gran tema discutido en el esquema fue el de los diáconos: fueron muy importantes, como se ve en los Hechos de los Apóstoles, pero su función fue decayendo, acabando en un paso previo a la ordenación sacerdotal. ¿Vale la pena volver a darles un gran papel en la Iglesia, incluso admitiendo a varones virtuosos casados?  

El día 30 de octubre hubo votaciones orientativas sobre estos temas. Hubo casi unanimidad a favor de la sacramentalidad de la ordenación episcopal ("grado supremo" del sacramento del orden). Se votó la existencia del Colegio episcopal (95% de votos favorables), la necesidad de darle más poder (90%) y su existencia de Derecho divino (85%). En fin, la necesidad de volver a dar importancia propia al diaconado obtuvo un 75% de votos de padres conciliares. A partir de estas votaciones era preciso elaborar la propuesta definitiva de Constitución, que quedó pendiente para la sesión de 1964. Días después se votó favorablemente sobre la necesidad de que los Obispos no fueran vitalicios sino que se jubilaran a los 75 años. Por su parte, Pablo VI tuvo el gesto de renunciar a 50 competencias que hasta ese momento los Obispos debían solicitar año a año a Roma y que, desde entonces, quedaron en su jurisdicción.

Curiosamente, uno de los temas más polémicos fue si había que hacer un esquema propio sobre la Virgen María, como estaba previsto, o si era mejor integrarlo en el esquema sobre la Iglesia, por ser madre de los cristianos y la primera de las creyentes. Hubo una tremenda discusión, con propaganda exterior a favor de la separación de esquemas (tesis conservadora) o de la integración (tesis progresista), ganando al final los segundos por poquísimos votos.

...

Aparte de esto, se siguió trabajando y se aprobó definitivamente la Constitución sobre la liturgia. Tras dudas sobre si la lengua vernácula podía usarse sólo en algunas partes de la Misa (por ejemplo, manteniendo el latín en la consagración), se optó por permitirla en su integridad. También se aprobó la concelebración de la Misa y la Comunión de los laicos bajo las dos especies, entre otras novedades. Curioso: pese a las grandes discusiones que este tema había originado, dentro y fuera del Concilio, al final se aprobó casi por unanimidad. En la ceremonia de conclusión de la sesión el Papa Pablo VI pudo firmar este documento.

3 comentarios:

AleMamá dijo...

¡Muy interesante resumen! nos lo haces fácil, Fernando.
Saludos

Juan Ignacio dijo...

Sí, muy interesante.

Fernando dijo...

Gracias, Alemamá.

Gracias, Juan Ignacio.